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Ex jefe de la Policía pide observar ley crea cuerpo técnico de investigación

 Ex jefe de la Policía y ex asesor policial del Poder Ejecutivo,  Bernardo Santana Páez, dijo que debería ser observada la ley que crea un Cuerpo Técnico.


Advirtió que en los países donde se ha intentado una entidad de esta naturaleza «ha sido un fracaso total”.

 

Mostró su preocupación y sugirió seguir trabajando para que el Ministerio Público y la Policía se fortalezcan a fin de buscar soluciones integrales a los problemas de seguridad.

 

FOTOS DE CASOS QUE SE DAN DONDE OPERA LA PTJ;

ANEXADO EN EL PIE DEL ARTICULO


«Será difícil la protección ciudadana si cada vez que surge un problema, la solución más fácil es mutilarle un órgano a la Policía”, expresó.

El General Santana Páez obervó que en los países donde se ha estructurado un cuerpo de Policía Judicial insertado en el seno de la Procuraduría General,  ha sido un fracaso total y se han elevado los índices de criminalidad.

Puso como ejemplo Venezuela, donde fue necesario crear el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalistica y un Instituto Universitario de Policía Científica como institución académica de tercer nivel, bajo la dirección de la Policía Nacional, así  erradicar la famosa PTJ que habían creado en el 1958.

Dijo que el principal descalabro de ese modelo como órgano de la Procuraduría General está ocurriendo en México, donde en poco tiempo han sido creados más de cinco modelos de Policía Investigativa que han fracasado, siendo los dos últimos la Agencia Federal de Investigaciones(AFI) y la Sub procuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO). 

“Y ese es el modelo que se piensa implementar en la República Dominicana”, alertó el ex jefe policial.

Recordó que España, con Franco, tenía una policía que se ganó el rechazo de la sociedad y luego de esa dictadura, la sociedad entendió que en vez de desmembrar la Policía  había que fortalecerla y modernizarla, pues no se podía vivir sin seguridad ni sin policía, por lo que estructuraron una institución policial encargada de prevenir y de investigar con un cuerpo de Policía Científica de los mejores del mundo.

Dijo que Chile, por su parte, durante la dictadura de Pinochet, tenía los Carabineros, un cuerpo policial que se ganó el repudio de la sociedad chilena y los chilenos entendieron lo mismo y estructuraron un cuerpo de policía con responsabilidad preventiva y una Policía de Investigación dependiente de la Policía, que hoy es de las instituciones mejor valoradas de ese país.

El general Santana Páez agregó que si bien es cierto que el art. 88 del Código Procesal Penal establece que: ¨El ministerio público dirige la investigación y practica u ordena practicar las diligencias pertinentes y útiles para determinar la ocurrencia del hecho punible y sus responsables”, se debe entender que eso es una dirección legal y funcional, no orgánica, en virtud de que  ésta última está controlada por la Constitución, “por lo que los fiscales no pueden dar órdenes, sino, hacer requerimientos, porque el ministerio público es un procurador de justicia, no un criminalista o especialista en investigación criminal, por lo que esa dirección legal tiene sus límites y su alcance”. 
 
Sostuvo que esa dirección legal se ha mal interpretado y que conoce un caso de una provincia donde han muerto más de 20 personas y el fiscal se pone un guante e intenta procesar la escena del crimen y en ocasiones sin dar parte a la Policía, lo que crea impunidad y descontrol en las estadísticas reales de la manifestación criminal.

Sobre la referida ley, el ex asesor del Poder Ejecutivo citó que en el país para el año 1965, en el gobierno de Héctor García Godoy,  se estructuró la Policía Técnica Judicial, como un organismo dependiente de la Procuraduría General de la República, siendo esta dependencia orgánica muy efímera debido a que se elevaron los índices de criminalidad y la presión social obligó al presidente de la República Dr. Joaquín Balaguer en el año 1966 a emitir  el decreto No. 13 del 4 de julio del mismo año que con solamente dos párrafos establecía: “Art. 1  Queda suprimida la Policía Técnica Judicial.” Y “Art. 2  Envíese a la Procuraduría General de la República para su conocimiento y cumplimiento.”.

Recordó que la presión social fue tan grande que hubo que recurrir a uno de los abogados más prominente de la época, Lic. Leoncio Ramos, por los conocimientos que tenía en el área de la Criminalistica y por los estudios complementarios en el área de la ciencia policiales y penitenciarias, que había realizado en Los Ángeles, California, para que ilustrara a la sociedad sobre la problemática.

Dijo que Ramos en noviembre de 1967 dictó una conferencia sobre el tema, en la Policía Nacional, bajo la jefatura del general Braulio Álvarez Sánchez, y otra en febrero del 1971 en la Asociación de Abogados de Santiago, afirmando al término de sus dos conferencias que “en cuanto a la preparación técnica, no creo que deba crear, como erróneamente se hizo una policía Técnica judicial, sino que se debe enviar, como se está haciendo, miembros del Ministerio Público y de la Policía Nacional a hacer estudios al exterior, para que se preparen y preparar  otros aquí, e integren al personal técnico necesario en cada aspecto”.

Sostuvo que uno de los aspectos más importantes que trató el Lic. Leoncio Ramos en la conferencia dictada en Santiago fue que: “con los avances de la técnica y porque los delincuentes mediante la lectura de obras de carácter policíaco, así como por medio de la radio, el cine y la televisión, conocen los medios empleados por la ciencia que se llama Criminalistica, que enseña los medios científicos que deben ser empleados para la investigación de los crímenes y delitos, es absolutamente necesario contar dentro de los cuerpos policíacos, con un personal técnico muy bien preparado y entrenado, para estar con alguna ventaja sobre los delincuentes, que es lo que se hace en casi todas las partes del mundo.”.

Agregó el licenciado Santana Páez que en el año 1979 se intentó introducir un proyecto de ley que estructuraba un Cuerpo de Policía Judicial, como un organismo de la Procuraduría General de la República y el mismo fue rechazado por el entonces presidente de la República, Antonio Guzmán Fernández, quien declaró que­: “no contempla la creación de una Policía Técnica Judicial dependiente directamente de la Procuraduría General de la República”.

Santana Páez sostuvo que la Constitución de la República, en su art. 255 establece las facultades investigativas de la institución policial, cuando señala como misión de la institución en el numeral 3: “perseguir e investigar las infracciones penales bajo la dirección legal de la autoridad competente”.

Manifestó que el Código Procesal Penal (Ley 76-02), es claro cuando en su art. 91, referente a los órganos de investigación y auxiliares define la función de la institución en esa materia, al indicar que: “la Policía, por iniciativa propia, en virtud de una denuncia o por orden del Ministerio Público, debe investigar los hechos punibles de acción pública, impedir que se lleven a cabo, completen o extiendan en sus efectos, individualizar a los autores y cómplices, reunir los elementos de pruebas útiles para determinar la verdad sobre la ocurrencia de los hechos y ejercer las demás tareas que le asignan su ley orgánica y este código”.
 
Estableciendo funciones a la Policía preventivas e investigativas. Y es precisamente la ley orgánica de la Policía Nacional No. 96-04 del 28 de enero del 2004, que crea en su art. 18 la Dirección Central de Investigaciones Criminales, como un órgano investigativo, con la misión de: “investigar los crímenes y delitos y de reunir las pruebas que permitan identificar a los culpables de cometerlo y que los fiscales puedan sostener exitosamente las acusaciones ante las jurisdicciones penales.

A estos fines realizará la pesquisa y otras diligencias que sean pertinentes, observando estrictamente las leyes y normas procesales vigentes.”

 FOTO DE CASOS QUE SE DAN EN PAISES DONDE OPERA LA PTJ

 

 

 

 

 

 

 

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